JUCIL

26/07/2023 – Nuevas normas Fiscal y Fronteras

Los servicios jurídicos de JUCIL vigilarán que la nueva norma sobre fronteras no afecte a las competencias de los guardias civiles

La orden INT/859/2023 de 21 de julio que desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía incorpora modificaciones orgánicas y territoriales que podría afectar a las competencias y despliegue del personal de la Guardia Civil
JUCIL considera que este ordenamiento recién publicado en el BOE parece pretender ampliar el despliegue y las competencias de la Policía Nacional, en vez de solventar la falta de efectivos de la Guardia Civil mediante su cobertura urgente e inmediata y la adecuada incentivación para el ingreso y mantenimiento del personal en el Cuerpo

La asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) ha puesto a sus servicios jurídicos en estado de alerta ante la posible invasión de competencias de la Guardia Civil de la nueva norma aprobada por el Gobierno sobre la estructura orgánica de la Dirección General de Policía y su afección al área de fronteras. La impresión es que este nuevo ordenamiento pretende ampliar el despliegue y las competencias de la Policía Nacional, frente a lo que parece más lógico, que es cubrir y ampliar la plantilla de efectivos de la Guardia Civil que ya se dedican a estas tareas. De esta forma, JUCIL quiere hacer las siguientes puntualizaciones tras un primer análisis de los servicios jurídicos de la asociación en relación con la aprobación de la Orden INT/859/2023, de 21 de julio que desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía:

  • Apreciamos en JUCIL que la nueva normativa puede incorporar modificaciones orgánicas y territoriales que afectarían a las competencias y despliegue de la Guardia Civil, y por lo tanto a su personal y además, no se ha sometido a los informes de las asociaciones profesionales en el seno del Consejo de la Guardia Civil, a pesar de tratarse de una norma que emana del mismo Ministerio del Interior y que puede, por tanto, afectar al personal al servicio del Benemérito Instituto.
  • Esta nueva normativa mantiene determinadas ambigüedades que incorporan incertidumbre e inseguridad jurídica.

De esta forma, en diversos artículos de la norma, se utiliza una terminología a la hora de definir sus competencias, que genera puntos de conflicto con las competencias de Guardia Civil. En la mayoría de estos casos, por entenderse este ámbito competencial como referido a un ámbito de la Policía Nacional, al no especificar que se ejercerán dentro de su ámbito de competencias

  • Esta norma lleva a cabo una definición de Puestos Fronterizos no coincidente con el Código de Fronteras Schengen y, además, y se arroga la competencia para realizar “controles policiales de tipo fijo y móvil”, lo que se supone por lógica que sería fuera de los puestos fronterizos, lo que provoca una redacción invasiva con los cometidos de otros ministerios y de la Guardia Civil
  • Y para JUCIL lo más significativo. Esta norma, redactada por el actual Ministerio del Interior parece pretender ampliar el despliegue y competencias de la Policía Nacional, en vez de solventar la falta de efectivos de la Guardia Civil mediante su cobertura urgente e inmediata, y la adecuada incentivación para el ingreso y mantenimiento del personal en el Cuerpo.

Como consecuencia de todos los motivos anteriores, y a expensas de un análisis más profundo y pausado del contenido de esta norma y del estudio que proceda una vez se reciba en sede judicial el expediente administrativo seguido para la elaboración de la Orden, JUCIL ha decidido poner a sus servicios jurídicos en guardia para que, en caso de que finalmente se considere que se invaden competencias que ahora lleva a cabo el personal de la Guardia Civil, se proceda a la presentación de un recurso por las posibles irregularidades detectadas.

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