JUCIL alegará contra los cambios anunciados en la Incapacidad Temporal porque recortan derechos de los guardias civiles La asociación profesional propone que los procesos de incapacidad temporal queden en suspenso…
Jucil
El pasado 21 de octubre del año en curso, tuvo lugar el primer día del Grupo de Trabajo para la modificación de la Orden General 21/2021, del 9 de septiembre, por la que se regula la especialidad de fiscal y Fronteras de la Guardia Civil.
En primer lugar, el Teniente Coronel Gutiérrez (DAO), explicó a los presentes a la reunión en qué consistirían las modificaciones que la DGGC quiere realizar en la orden general arriba reseñada, afectando solo y únicamente a la DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA de la orden.
Principalmente, las modificaciones consisten en una ampliación del artículo 2 y un añadido de los artículos 4 y 5.
Artículo 2 modifican el texto de manera que reconocerán la especialidad de fiscal de oficio al personal que haya prestado al menos un año de servicio ininterrumpido dentro del periodo de 10 años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la orden, en unidades fiscales y de fronteras, desarrollando cometidos y/o funciones propias, dando lugar después a la presentación de alegaciones de las distintas asociaciones representativas allí presentes.
Si bien las únicas asociaciones que presentaron alegaciones con anterioridad a la reunión del grupo de trabajo fueron JUCIL y APC, en el turno de palabra, el resto de asociaciones, que hablaron antes que JUCIL, alegaron lo presentado por nuestra asociación, haciendo como propias nuestras alegaciones.
En este punto, JUCIL presentó alegaciones para que se reconociera la especialidad no solo a los guardias civiles que estén o hayan estado en fiscal en los últimos diez años o en la actualidad, sino también a los guardias civiles de la 126 promoción que terminaron recientemente su periodo de prácticas en unidades fiscales y que continúan comisionados en la actualidad.
Una de las premisas del DAO fue que, con esta modificación, la Dirección General no buscaba la división, así como tampoco hacer con la misma un “uso cicatero”, por lo que Jucil alegó que haciendo uso de los guardias de la 126 promoción que hayan trabajado en unidades fiscales sería una buena manera de no perder profesionales con experiencia de hace más de un año en esta especialidad.
La respuesta de la Administración fue que estudiaría la forma de reconocer la especialidad a estos agentes, proporcionándoles un curso de formación o algo similar a lo que han hecho con los guardias que realizaron las prácticas en el ARS.
Sobre este mismo artículo, JUCIL propuesto que le fuera reconocida la especialidad a aquellos agentes destinados en el Servicio Marítimo, debido a que su principal cometido es la vigilancia costera y entre los cometidos propios de su especialidad, las funciones fiscales desempeñan un papel muy importante, como por ejemplo en las costas andaluzas.
Ante esta proposición, la Administración se negó en rotundo, manifestando que el Servicio Marítimo era especialidad distinta.
AUGC manifestó su duda en lo referente al equipo de nueva creación, anunciado recientemente por la DGGC que se encarga de la seguridad en el interior de las aeronaves. Según la administración, ese equipo dependería de la Jefatura Fiscal y Fronteras pero que tendría la cualificación de seguridad. En principio estaría formado por agentes de ARS y JFF y sería una unidad organizativa, así como que se incluiría dentro de la normativa en el artículo 17.
Apartado 4.
En este apartado nuevo, la administración propone que al personal que se encuentre ocupando puestos de trabajo en unidades dependientes de la Zona de Cataluña, la Zona del País Vasco o las Comandancias de Ceuta y Melilla, se le reconocerá de oficio la cualificación específica FFD o FFB, siempre que como consecuencia de la entrada en vigor de la OG se modifique su puesto de trabajo a uno propio de la especialidad fiscal y fronteras, debido al cambio de las funciones a desarrollar por estas Unidades.
Sobre este apartado nuevo, JUCIL propuso en sus alegaciones que el reconocimiento de la especialidad fuera a todos los puestos de Seguridad Ciudadana de Cataluña, País Vasco, Ceuta y Melilla, siempre que el groso de sus funciones fuera puramente fiscal, debido a que en el caso de Cataluña, por ejemplo, TODOS los puestos catalogados como de Seguridad Ciudadana realizaban funciones fiscales sin distinción y que, en caso de reconvertir solo determinados puestos, se crearía división entre los distintos puestos, agravando así el problema ya existente en estas zonas. Por parte de Jucil se le recordó a la administración que tenemos en el contencioso a la espera de resultado dos casos de asociados de Jucil que reclamaron el CES de fiscal, precisamente por realizar funciones de fiscal sin tener el reconocimiento de la especialidad ni cobrar el CES propio de la especialidad y que, en caso de ganar, se preveía aluvión de instancias por parte de los guardias afectados reclamando lo mismo.
Ante esta propuesta única de Jucil y copiada por el resto de asociaciones, la administración comentó que estudiarían qué puestos serían los afectados por la especialidad, manifestando que en un principio y a rasgos generales, solo modificarían aquellos que estuvieran en zonas costeras, próximos a puestos fronterizos, aeropuertos y puertos y que la reestructuración se haría en bloque, es decir, que primero se les reconocería la especialidad a todos los agentes en las unidades afectadas primero y que después, se realizaría la re catalogación.
Ante la respuesta por parte de la DG, Jucil planteó la duda de qué pasaría con aquellas unidades que no sería reconocidas como fiscal, así como si se prevén cierres de puestos (Mora d’Ebre ha sido cerrado), a lo que respondieron que las Unidades no afectadas seguirían como hasta ahora y que no se cerrarían más unidades en Cataluña.
En lo que respecta a las Comandancias de Ceuta y Melilla, la administración afirma que haya donde no exista el condicionante arriba reflejado, es difícil que se reestructure ya que en esas comandancias no todas las compañías hacen fiscal, sino que realizan otro tipo de cometidos, como por ejemplo atención al ciudadano, apoyo, etc
IGC preguntó si podría ser reconocido como fiscal pequeños puestos fronterizos como por ejemplo los situados en Galicia y AUGC y UO los aeropuertos pequeños como por ejemplo los de Salamanca, Valladolid, etc, a lo que la administración contestó que, a lo extenso de la geografía española, existen ese tipo de unidades que realizan puntualmente funciones fiscales pero que el groso de sus cometidos es otro bien distinto a fiscal. Que las zonas afectadas donde tienen pensado realizar las modificaciones, además de no tener competencias de Seguridad Ciudadana, sus funciones son básicamente únicas de fiscal, de ahí que la modificación se lleve a cabo.
IGC propuso un preferente a nivel nacional para aquellos agentes que estuvieran destinados en puestos modificados, contestando la administración que el único preferente que cabe aquí es el que está regulado según orden de destinos y que es a nivel provincial. Que aquel personal al que le reconocieran la especialidad, manifestara a posteriori su deseo de no permanecer en su unidad modificada, que tendría reconocida la especialidad pero que el preferente sería provincial.
También surgió la duda de los CCPA (centros de coordinación policial y aduanera en puestos fronterizos), si serían reconocidos con la especialidad o no, a lo que la administración manifestó que no está previsto.
Preguntado por Jucil sobre la efectividad de estos cambios, la administración manifestó que no lo saben todavía con exactitud, ya que aún está en estudio qué puestos estarían afectados, así como tampoco saben a quiénes afectaría la modificación, en cuanto a mandos de las unidades afectadas se refieren. Comentaron que en aquellos acuartelamientos donde existe PAFIF y PUESTO DE SEGURIDAD CIUDADANA, después de la modificación, dos mandos de la misma escala como jefes no querían, que en todo caso, existiría el jefe de destacamento y jefe de área, pero que hasta que no resuelvan las vacantes, no sabrán como quedará en ese sentido, que es más que probable que existan salidas de personal de las unidades modificadas. De todas las maneras, insistieron que este punto está en estudio.
APC propuso reconocer con la especialidad a aquellos SIVES con cometidos fiscales. La administración comentó que estudiaría esa posibilidad.
POR PARTE DE LA DGGC HAY MUCHO INTERÉS EN NO CESAR AL PERSONAL, DE AHÍ QUE PRIMERO SE LES RECONOZCA LA ESPECIALIDAD Y DESPUÉS SE REALICE LA REESTRUCTURACIÓN.
Por último, añaden el apartado 5 a la orden general, en el que se establece que al personal que, ocupando puestos de trabajo que no sean de especialista fiscal y Fronteras, haya prestado servicio en los Equipos Pegaso al menos durante un año, dentro del periodo comprendido entre la creación de estos equipos y la entrada en vigor de la presente orden, se le reconocerá la cualificación específica FFB, no generando este reconocimiento carácter retroactivo.
Según la administración, crearán un EQUIPO CENTRAL DE PEGASO, que dependerá de la JFF y que se accederá al mismo con la especialidad de fiscal, es decir, que en un futuro solo los agentes con dicha especialidad, podrán trabajar en los PEGASO.
Finalizado el TURNO DE PALABRA, el DAO nos participó que, debido a la falta de días disponibles para realizar el segundo día de trabajo, que las asociaciones remitieran sus alegaciones, así como las que ya lo hicieron podían remitir otras nuevas, quedando emplazados al mes de enero para la reunión del segundo día del GT relativo a la modificación de la OG 21/2021 que regula la especialidad de Fiscal y Fronteras.
Tenían previsto que se presentara en la Comisión de normativa el próximo mes de noviembre pero que, debido al retraso, querían presentarla en la del mes de marzo y publicar vacantes dentro del primer semestre del año 2023 con todas las modificaciones realizadas.
1- Jucil solicita le sea reconocida a todos los guardias de la 126 promoción que hayan realizado sus prácticas en unidades fiscales y continúen comisionados en ellas. Nos comentan que barajarán la posibilidad de realizar alguna formación similar a lo que han realizado con los ARS.
2- Proponen modificar algunos puestos de SC de Cataluña, País Vasco, Ceuta y Melilla y darles la especialidad. Jucil propone que todos los puestos de SC de esas Comunidades que realicen fiscal sean reconocidos con la especialidad.
3- Pegaso pertenecerán a JFF y solo accederán a partir de la orden aquellos que tengan la especialidad. La única unidad que se va a crear en relación a los equipos Pegaso con vacantes propias es el Pegaso Central.
4- Jucil solicita que le sea reconocida la especialidad al Servicios Marítimo y nos comentan que no lo contemplan.
*AÑADIDA CALCULADORA RESERVA Y GUARDIAS ALUMNOS EN PRÁCTICAS*
Jucil pone a disposición de cualquiera, socios o no, una calculadora con la que poder calcular el importe que deberiamos percibir, como atrasos de la subida adicional de la función publica, del 1,5% adicional.
Tambien incluye los nuevos importes de lso conceptos, una vez aplicada la subida, para los años 2023 y 204. En 2022 sería a partir de noviembre, primer mes que cobraremos el 3,5% de subida de 2022 en nómina, de enero a octubre, solo venia en nomina la subida inicial del 2%
*Presumiblemente estos atrasos vendrán en la nómina de noviembre o nómina extraordinaria en noviembre.
El cálculo es para atrasos de enero a octubre ambos inclusive + extra de junio
JUCIL – CALCULADORA SUBIDA ADICIONAL 2022
En el día de hoy 20 de octubre ha tenido lugar en la Dirección General de la Guardia Civil el grupo de trabajo sobre el PLAN DE ACCION SOCIAL PARA EL PROXIMO AÑO 2023:
Por parte de la administración se nos comunica que el presupuesto para el próximo año 2023 asciende a 8.003.780€, reconociendo la administración que es insuficiente pero que actualmente es el dinero que ha sido asignado.
Así mismo también nos comunican que en el siguiente borrador que sea remitido se actualizarán los tramos de referencia, una vez añadido el 1.5% de la última subida retributiva.
Se le hace saber nuestra disconformidad al amparo de lo establecido en la Resolución de la secretaria de Estado para la función pública de 28 de julio de 2011, el cual alude expresamente al principio de igualdad, incluyendo la igualdad entre los diferentes planes sectoriales. Más concretamente lo establecido en su título III de los presupuestos generales del Estado, gasto personal, el cual establece expresamente que los gastos de acción social y la productividad se determinaran en términos de homogeneidad respecto al número de efectivos, dejando constancia de que la diferencia actual en relación al Plan de Acción social del Cuerpo Nacional de Policía es de 3.172.950€, lo cual representa una diferencia del 39.64 %.
Por parte de la administración se nos muestran los gastos detallados del pasado año 2022 desglosados por partida asignada a cada ayuda, así como el número de solicitudes recibidas.
Así mismo también hace saber la administración que en este plan de acción social para el año 2023 se introduce por primera vez, en su ayuda número 2 (Geriátricas y Mayores dependientes) a todos los guardias retirados.
Por parte de Jucil se solicita la posibilidad de poder peticionar las ayudas a través de clave Novell, debido a los problemas que puedan surgir en relación a los compañeros que no dispongan de tarjeta criptográfica, a lo que nos comunican que no es viable y que para ese tipo de supuesto bastaría un informe del jefe de Unidad acreditando que no se posee dicha tarjeta para poder peticionar las ayudas en formato papel directamente.
Se solicita asimismo que para la ayuda número 9, actividades de verano, se elimine el requisito de las dos semanas completas y se sustituya por tres semanas no consecutivas en todo el periodo, comunicándonos que se estudiara.
Se solicita asimismo que se incluya la compañía OUIGO al convenio de desplazamiento ferroviario, comunicando la administración que no es viable al ser una empresa privada.
En relación a la ayuda de 29.040 incluida en este borrador y destinada íntegramente al gimnasio existente en la Dirección General se suprima del mismo y se destine ese dinero a otras ayudas contenidas en el mismo, y máxime cuando desde la misma Dirección General y en base al futuro Plan Integral de Promoción del Deporte en la Guardia Civil se está estudiando la posibilidad de dotar de material deportivo a aquellas unidades que lo soliciten por tener espacio para ello, estando dicha asignación sujeta a dotación presupuestaria para el citado plan , comunicando la administración que el Gimnasio de la Dirección General está sometido a un convenio que actualmente está en vigor y que de momento no se puede suprimir.
Así mismo se solicita que se iguale la cantidad a percibir en la ayuda número 13 (desplazamiento en medios de transporte marítimo colectivo), a la cantidad de la ayuda número 12 (Desplazamiento en medios de transporte público ferroviario), comunicándonos que se estudiara dicho aumento.
Por parte de las distintas asociaciones se realizan las siguientes apreciaciones:
UO: También expresan su malestar con la dotación presupuestaria asignada al presente PAS 2023, solicitando también que la documentación requerida para cada ayuda se aportase en el momento de la solicitud de la misma, manifestando la administración que con el programa para pedir las ayudas ya te deja añadir la documentación.
ASESGC: No efectuó ninguna intervención.
APC: Expresan nuevamente no conformidad con la dotación presupuestaria anual, comentando también lo expuesto en lo relativo al Gimnasio de la Dirección General; asimismo en la ayuda número 9 también expresan la solicitud de que uno de los requisitos no sean dos semanas consecutivas de asistencia; sobre la ayuda para desplazamiento ferroviario solicitaron aumentar la partida destinada a las mismas, siendo denegado por la administración.
IGC: Solicitan un informe sobre los gastos de la anterior ayuda destinados a transporte ferroviario, más concretamente en desplazamientos de cercanía y media distancia; solicitan también que, en las ayudas para el estudio de idiomas, ayuda número 15, se reconozcan también otros títulos no reconocidos por la Guardia Civil para la obtención de la misma, respondiendo la administración que tomaban nota.
AEGC: Muestra su disconformidad con que se recoja en el citado plan el gimnasio de la Dirección General, que se podría destinar ese dinero a otras ayudas. Así mismo también se unen a la petición de IGC de que se aporte un informe de gastos sobre la ayuda destinada a transporte ferroviario.
AUGC: Muestran también su disconformidad con la cantidad presupuestaria asignada para el PAS 2023, y asimismo solicitaban que en relación a la ayuda número 2 (Geriátricas) puedan ser compatibles en espacio temporal para el supuesto de tener un familiar en una residencia de mayores y por la tarde al cuidado de otra persona contratada, manifestando la administración que no es posible.
19 octubre 2022
19 octubre 2022En diciembre-enero se tiene prevista su publicación. Esta modificación viene por la necesaria adaptación a la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual. Se presentarán las alegaciones antes del 28 de octubre.
JUCIL, dentro de los artículos propuestos para modificación, solicita que:
Si estando de vacaciones hay que asistir a juicio, este día se añada al crédito del interesado y no directamente al periodo concedido, ya que podría provocar la pérdida de preferencia en caso de salirse de los periodos de verano.
Que la DGGC especifique que esos días se añadan aunque el juicio se celebre por videoconferencia o por internet, ya que produce un perjuicio en el disfrute de las mismas.
Se ha incidido en la problemática del disfrute de vacaciones en las Unidades donde hay personal agregado, creando un perjuicio al personal destinado en vacaciones de verano y turnos de Semana Santa y Navidad.
El resto de alegaciones serán presentadas por escrito dentro del plazo indicado.