JUCIL alegará contra los cambios anunciados en la Incapacidad Temporal porque recortan derechos de los guardias civiles La asociación profesional propone que los procesos de incapacidad temporal queden en suspenso…
Recursos, querellas, .., Interpuestos
Hemos presentado en el día de hoy, una vez finalizado el periodo navideño inhábil en los juzgados y tribunales, el recurso contencioso-administrativo (con solicitud de medidas cautelares) contra la Orden General 15/2022, por la que se modifica la Orden General número 11/2014, de 23 de diciembre, por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio, la jornada laboral y el horario de la Guardia Civil.
Esta es una acción más de nuestro Servicio Jurídico que trabaja para que se haga justicia a través del cumplimiento la ley, siempre remando en beneficio de todos los compañeros y compañeras de la Guardia Civil.
Seguiremos informando.
La unión es nuestra fuerza
Mediante recurso de alzada elaborado por la Letra Fátima Arce, consiguen la anulación por parte del Teniente General Jefe del Mando de Operaciones de 1️ falta leve impuesta a un compañero de esta comandancia
La falta había sido impuesta vulnerando el derecho de defensa al imponerse sin ninguna prueba de cargo que asevere el hecho sancionado
El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de la Asociación Profesional mayoritaria en el Consejo de la Guardia Civil contra el Real Decreto promovido desde el Ministerio del Interior que desde marzo trata de imponer la actuación que debe de regir “en todo momento” para los miembros del Cuerpo
JUCIL considera que este Código contradice también otras normas de rango superior, como la Ley Orgánica que regula los derechos y deberes de los guardias civiles y su aplicación dificultaría la actividad asociativa para los integrantes de esta institución
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso administrativo interpuesto por la asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) contra el Real Decreto 176/2022 de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de conducta del Personal de la Guardia Civil. “Supone una invasión en la intimidad de los miembros de la Guardia Civil, ya que señala obligaciones que, de aplicarse, afectarían a la vida personal de los guardias civiles. El contenido de esta normativa puede afectar a la actividad de las asociaciones profesionales que como JUCIL trabajan en favor de los derechos laborales y sociales de los guardias civiles, lo que supondría una contradicción con las leyes orgánicas que determinan los derechos y las obligaciones de los integrantes de la Guardia Civil”, explica el secretario de comunicación de JUCIL, Agustín Leal.
Un baremo sancionador
El recurso cree inconstitucionales algunos contenidos del Real Decreto ya que “no es solamente un conjunto de principios que deben regir el comportamiento ético de los miembros de la Guardia Civil como dice en su preámbulo, sino que se podrá convertir en un instrumento para valorar e interpretar determinadas conductas de cara a la aplicación de las sanciones que están en el catálogo del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil; e integrar los principios del mismo en las conductas que se entienden que pueden llegar a ser sancionables” argumenta JUCIL que considera el documento innecesario. “Las materias que trata están ya recogidas en normas jurídicas, incluso de mayor rango legal” precisa el contenido del recurso admitido a trámito y que ha sido dirigido por el letrado José M. Grande.
Más allá de la actuación profesional
Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) aclara que, si bien el Código de Conducta se ha presentado como una simple compilación de principios y normas de comportamiento de la Guardia Civil, “el contenido no se limite a regular las actividades profesionales de los miembros de la Guardia Civil, sino que pasa a hacerlo obligatorio para determinadas esferas de la vida privada de los miembros de la Institución”. Y pone como ejemplo parte del texto del preámbulo del Real Decreto donde se indica que “quien por vocación decide ser guardia civil está asumiendo, en gran medida, que acepta guiarse por unas pautas de conducta que, como la disponibilidad permanente o el deber de reserva, por citar ejemplos, sobrepasan el estricto momento de la prestación del servicio para extenderse a otros contextos y situaciones.” Y en el artículo 2.1 se precisa que “El Código de Conducta del personal de la Guardia Civil constituye la guía que define los valores, principios y normas de comportamiento que han de regir en todo momento la actuación de los miembros del Cuerpo”. “Es ahí, en ese ‘en todo momento’ donde se sobrepasa la que debería ser nuestra actuación profesional para inmiscuirse en la vida privada de los guardias civiles” ha precisado Vilariño. “Me pregunto si ese ‘en todo momento’ debemos aplicarlo los guardias civiles a comprar un vestido de primera comunión, ser integrante de una chirigota de Cádiz o qué pintalabios compra una compañera”, ha agregado el secretario de Comunicación de JUCIL.
JUCIL entiende que ‘en todo momento’ es una expresión que “choca con la Constitución Española, y con el contenido del artículo 5 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, cuando establece en su apartado 1: ‘Los miembros de la Guardia Civil tienen garantizados los derechos a la intimidad… en los términos establecidos en la Constitución y en el resto del ordenamiento jurídico”, agregan.
Un ataque a la libertad de asociación y a la libertad de expresión
La norma aprobada a instancias del Ministerio del Interior que dirige Fernando Grande-Marlaska Gómez afectaría a la actividad de las asociaciones profesionales que representan a los guardias civiles en órganos como en Consejo de la Guardia Civil y que, como en el caso de JUCIL, defienden principios como el de la equiparación salarial de los agentes con las policías autonómicas y se preocupan por los derechos laborales y sociales de los integrantes del Cuerpo. Para las asociaciones profesionales el Código impone la condición de ser “plenamente respetuosos con todas las opciones ideológicas y políticas, manteniendo neutralidad en esta materia, alejados del discurso político y del debate partidista”, de manera que según JUCIL; si el contenido se aplica en un sentido estricto “puede suponer un ataque a la libertad de asociación, a la defensa de los intereses sociales y profesionales de los asociados, y a la libertad de expresión. Confundiendo la neutralidad política con la crítica política.
Nuevo intento de imponer la proscrita obediencia ciega a las órdenes
La asociación profesional informa de cómo en uno de los artículos se indica que “La disciplina, factor de cohesión que obliga a mandar con responsabilidad y a obedecer lo mandado, será practicada y exigida como norma de actuación. Tiene su expresión colectiva en el acatamiento de la Constitución y su manifestación individual en el cumplimiento de las órdenes recibidas”. Para JUCIL, la expresión “cumplimiento de las órdenes recibidas”, supondría la vuelta al principio de obediencia ciega, “algo proscrito por nuestra legislación; pero aquí hemos de decir que hay un principio de incorrección de técnica legislativa porque el artículo siguiente, el 16, deja establecido que solamente hay obligación de obedecer las órdenes legítimas, por lo cual el artículo 15 debería ser complementado con la expresión “órdenes legítimas recibidas”, argumentan. “En JUCIL nos opondremos siempre a toda normativa que limite los derechos individuales de los miembros de la Guardia Civil en las actividades personales ajenas a nuestra alta función y a todas aquellas iniciativas legislativas que supongan un retroceso en los derechos y libertades que se han conseguido a lo largo de los años, invadiendo la vida personal de los miembros de la Guardia Civil e imponiendo obligaciones que van más allá de nuestras funciones” ha manifestado Agustín Leal. “Respetamos y defendemos los valores propios de nuestro Benemérito Instituto forjados a lo largo de nuestra Historia, de los que nos sentimos orgullosos y que marcan y definen nuestra actuación; pero con el máximo respeto a la libertad y a la intimidad de cada uno de sus miembros” ha concluido el secretario de Comunicación de JUCIL.
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
Tras la firma del acuerdo de falsa equiparación firmado por Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil y Sindicatos de Policía con representación en los distintos consejos asesores, suscrito por Resolución de 19 de marzo de 2018 y publicado en el BOE de en fecha 20 de marzo de 2018, se aprueba el ingreso de 807 millones de euros para garantizar la falsa equiparación salarial efectiva en el periodo comprendido en los ejercicios 2018 a 2020.
Transcurrido el plazo para hacer efectivo dicho acuerdo, en JUCIL junto a los servicios jurídicos, entendemos que el acuerdo no se cumplió en los términos en que se firmó el mismo.
En la disposición adicional primera de la citada Orden General establece,“A partir de la entrada en vigor de esta orden general, se continuarán percibiendo los incentivos
Igualmente, en JUCIL también elevamos consulta tanto al Ministerio del Interior
Dicho acuerdo establecía una inversión total de 807 millones de euros, más 100 millones de euros anuales que se destinarían a garantizar e incentivar el reingreso al servicio activo del personal de Segunda Actividad sin destino y Reserva no ocupada. En el marco de dicho requerimiento, esta parte solicita información y contestación relativa a si se han llegado a realizar las inversiones prometidas con el fin de la equiparación salarial, dado que esta parte lo desconoce. Solicitando que, si estas inversiones han llegado a ser realizadas, se le dé traslado A esta parte de las cuantías desembolsadas por tales conceptos y los porcentajes exactos de las mismas que corresponderían al Cuerpo de la Guardia Civil.
Madrid a 13 de mayo de 2.021
#JucilSuma
LA UNIÓN ES NUESTRA FUERZA
Con estas actuaciones judiciales la Asociación Profesional de la Guardia Civil JUCIL quiere que se aclaren las razones por las que los agentes no están percibiendo en sus nóminas la productividad incluida en el pago de la equiparación salarial.
La desviación en concepto de productividad y que no han percibido los agentes podría superar a fecha de hoy los 7 millones de euros.
La Asociación Profesional de la Guardia Civil, JUCIL ha presentado una querella contra María Gámez al entender que estaría incumpliendo el proceso de equiparación salarial y no se habrían abonado a los agentes la productividad de equiparación durante varias mensualidades, pese a que esas productividades se han devengado por aplicación del Acuerdo suscrito por el Ministerio del Interior el 12 de marzo de 2018, e incluso estando vigente la anterior Orden General.
En la denuncia presentada contra la directora general de la Guardia Civil, se pide que la Justicia investigue a María Gámez como presunta autora de un delito de prevaricación tipificado en el artículo 404 del Código Penal, un delito de malversación por administración desleal, tipificado en el artículo 432.1 y 3 en relación con el artículo 252, todos del Código Penal, y un delito de malversación por apropiación indebida tipificado en el artículo 432.2 y 3 en relación con el artículo 253 todos del Código Penal.
JUCIL admite que con esta denuncia buscan que la Justicia cite a declarar a la directora general de la Guardia Civil, María Gámez y que aclare las razones por las que su departamento ha dictado una Orden General, concretamente la Orden General núm. 4, de 12 de febrero de 2021, por la que se regulan los incentivos al rendimiento del personal y que perjudica a más de 70.000 agentes de la Guardia Civil.
Nueva brecha salarial
Agustín Leal, portavoz de JUCIL remarca “que en la querella se hace constar que con la excusa de una Orden General nueva, la querellada presuntamente se habría apropiado indebidamente de todos esos importes de más de 70.000 Guardias Civiles, y supuestamente estaría administrando deslealmente el patrimonio que se le ha entregado para su gestión, concretamente el importe destinado al pago de las nóminas de los Guardias Civiles, y en especial al pago de la productividad de equiparación, anulando esa productividad sin base legal alguna, sin que el Acuerdo por el que se aprobó haya sido denunciado por ninguna de las partes, recibiendo el dinero para proceder al pago de las nóminas”.
Desviación millonaria
Según JUCIL con esta medida se estaría violando el acuerdo del Ministerio del Interior para asegurar que en el futuro no se pudiera producir una disfunción salarial y retornando a crear una brecha salarial que se garantizaba como anulada. Presuntamente se habría desviado las partidas económicas que se contemplan en equiparación salarial a las nóminas de altos mandos de la Benemérita.
La Asociación Profesional de la Guardia Civil estima que la desviación en concepto de productividad y que no han percibido los agentes podría superar a fecha de hoy los 7 millones de euros, ya que a cada uno de los agentes se les adeudaría ahora entorno a los 100 euros, no cobrados en enero y febrero de este año (50 euros cada mes).
Aclaración sobre grave discriminación
En la querella se solicita como diligencias previas que se tome declaración en calidad de investigada a la querellada, María Gámez y se pide numerosa documentación para aclarar si la Dirección General de la Policía Nacional ha abonado en las nóminas de enero, febrero, marzo y abril de 2021 las cantidades establecidas en concepto de productividad- equiparación.
También en las actuaciones judiciales se solicita que la Secretaría de Estado de Seguridad remita todos los informes elaborados por las Consultorías Externas en relación con el Acuerdo de 12 de marzo de 2018, sobre equiparación salarial. Además, se pide que el Servicio de Retribuciones de la Dirección General de la Guardia Civil, certifique si se ha abonado en las nóminas de enero, febrero, marzo y abril de 2021 el concepto productividad – equiparación, y en caso de ser negativa la respuesta en todos o algunos de los meses, que se indique cuál ha sido la razón de su no abono, y quién ha dado en su caso las órdenes de esa forma de actuación.
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