Comienza la reunión pidiendo disculpas el personal que representa a la Administración, debido a que como consecuencia de un fallo, a escasas horas antes del inicio de la misma, nos han remitido el borrador de la instrucción objeto del grupo de trabajo de desconexión digital, por lo que no han dejado tiempo para trabajarlo.
Se trata de apenas un folio de redacción sin preámbulo, resalta la poca importancia que la Administración le otorga al descanso y al derecho a la desconexión digital de los Guardias Civiles, ya que para comenzar el régimen normativo que se aplica es ausente, tratándose de meras orientaciones, que todos sabemos que suele acabar en un brindis al sol, por lo que desde Jucil se va a solicitar que se aumente el rango normativo al menos hasta Orden General, ya que se está regulando un derecho fundamental recogido en una Ley Orgánica.
En el borrador facilitado, se establece que las notificaciones en el tiempo de descanso del personal no deben tener carácter ordinario, pero no se define en que consiste ese “carácter ordinario”, por tanto desde Jucil hemos solicitado que se deben definir los conceptos para que no se caiga en la ambigüedad y se incumpla el derecho a la desconexión digital, basándose en una supuesta necesidad extraordinaria.
La Instrucción tratada abre la puerta a que mientras un Guardia Civil disfruta de su periodo de vacaciones y permisos se le podrán realizar comunicaciones, a lo que Jucil ha solicitado que si el fin es comunicar una modificación de servicio del efectivo se regule y se transcriba en la normativa, de manera que únicamente se pueda llamar a un Guardia Civil que esté de permiso para comunicarle un cambio de servicio que sea urgente, y en caso de hacerlo de cualquier otra forma se le devuelva ese día de permiso a su crédito.
Por otra parte, en el caso de los Jefes de Unidad que cuenten con un régimen de servicio que requiera 33 horas presenciales y 7 horas de disponibilidad, la Administración no está por la labor de reconocer el tiempo de presencial que se lleva a cabo una vez superadas las 33 horas precitadas.
Jucil solicita que se regule la información mandada a través de los diferentes grupos utilizando la mensajería instantánea. Dichas instrucciones internas, órdenes para ejecutar en el servicio, directrices, datos personales relativos a personas con las que haya que intervenir durante el servicio, deberían ser transmitidas a través de los dispositivos oficiales de los que dispone la Guardia Civil (Tablets y teléfonos corporativos) y que mediante la concienciación de todo el personal de la Guardia Civil, se deje de utilizar los canales de mensajería instantánea para todo lo anteriormente mencionado.
Jucil continuará trabajando para que la Administración se asegure el derecho a la desconexión digital de todos los Guardias Civiles independientemente del empleo.
14 de febrero de 2023
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